Definición
Contrato con Entidades del Estado del orden Nacional y Territorial en desarrollo de los cuales la Fiduciaria realiza operaciones de recaudos, pagos, administración de convenios de concurrencia, inversión de recursos, pignoración de rentas como fuente de pago de obligaciones, administración de pasivos pensionales. Los negocios Fiduciarios del Sector Público están reglamentados mediante leyes, decretos, directivas presidenciales y el Estatuto General de la Contratación Pública, normatividad que les ha permitido convertirse en usuarios importantes de productos fiduciarios tanto por el valor de los activos entregados en Fiducia, como por la flexibilidad en cuanto a los productos a contratar.
Características
Inversiones conforme a la normatividad legal.
Informes ajustados a las necesidades de la Entidad.
Nit patrimonios autónomos 830.053.700-6.
Beneficios
Transparencia y eficiencia en el manejo de los recursos públicos.
Agilidad en los pagos y recaudos.