Definición
Contrato en virtud del cual una persona natural o jurídica, direcciona o cede a un Patrimonio Autónomo un flujo futuro determinable de recursos con la finalidad de destinarlos exclusivamente, al pago de obligaciones a favor de uno o varios acreedores.
Contrato de encargo fiduciario de administración irrevocable y fuente de pago.
Características
Facilita consecución de créditos.
Constituido el fondo para el pago de la deuda, los excedentes son devueltos a la empresa, para su operación.
Disminuye carga operativa y obtiene rentabilidad para los recursos.
Nit patrimonios autónomos 830.053.700-6.
Beneficios
Se atiende el servicio de la deuda en forma oportuna.
Con los excedentes se pueden efectuar pagos a terceros por instrucción del cliente.
Los recursos excedentes se devuelven a la cuenta del Fideicomitente sin el cobro del GMF ( 4 por mil ).