Entre los principales tipos de negocio de fiducia estructurada tenemos:
Fiducia de garantía
Fiducia de administración de cartera
Representación legal de tenedores de bonos
Preventas
Administración de tesorería en los proyectos inmobiliarios
Administración acuerdos de reestructuración de pasivos (Ley 550/1999 y 617/2000)
Administración de portafolios y pagos de pasivos pensionales
Administración de portafolios especiales
Administración de concesiones
Fiducia de Administración y Pagos
Contrato en virtud del cual una persona natural ó jurídica constituye un Encargo Fiduciario ó un Patrimonio Autónomo con bienes en dinero ó activos con la finalidad de que la Fiduciaria los recaude, administre, invierta y los destine a efectuar pagos previa verificación de requisitos, condiciones ó documentos.
Fiducia de Administración y Fuente de Pago
Contrato en virtud del cual una persona natural ó jurídica endosa, direcciona ó cede a un Patrimonio Autónomo un flujo futuro determinable de recursos con la finalidad de destinarlos exclusivamente, al pago de obligaciones a favor de uno ó varios acreedores.
Las rentas futuras pueden ser públicas ó privadas y provienen de: facturación, contratos, pagarés, arriendos, acciones, regalías, impuestos, ventas con dinero plástico peajes etc. Dependiendo de la naturaleza misma del flujo, el contrato se formaliza mediante endoso, cesión ó instrucción irrevocable aceptada por la persona encargada de girar los recursos. Así mismo este esquema requiere aprobación previa por parte del acreedor(es).
Fiducia de Garantía
Contrato en virtud del cual una persona natural ó jurídica transfiere la propiedad de uno ó mas bienes a un Patrimonio Autónomo con el propósito de garantizar con ellos ó con su producto el cumplimiento de una o varias obligaciones en beneficio de uno ó varios acreedores.
En caso de incumplimiento de la obligación por parte del deudor, la Fiduciaria tiene la facultad para proceder a enajenar los bienes y cancelar la obligación, cumplido este proceso sin resultado, la fiduciaria procede a entregarlos al acreedor a título de dación en pago sin que sea necesario acudir a procesos judiciales.
Fiducia de Administración de Cartera
Contrato en virtud del cual una persona natural ó jurídica entrega a la Fiduciaria a título de Encargo Fiduciario ó Fiduciaria Mercantil una cartera con la finalidad de delegar en la Fiduciaria determinadas actividades tales como:
Inversión de los recursos recibidos
Administración de la cartera
Administración de las garantías
Administración de los seguros
Clasificación de la cartera por la altura de mora
Cobro prejurídico y/o jurídico
Cancelar pagarés y garantías cuando se cancele la obligación
La responsabilidad del SARC será definida en el respectivo contrato, ajustada a la normatividad legal.
Fiducia de Representación Legal de Tenedores de Bonos
Contrato celebrado con la Entidad Emisora, en virtud del cual, la Fiduciaria actúa en representación de los intereses comunes de los tenedores que suscriban los títulos.
Entre las labores de la Fiduciaria están: velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el emisor, seguimiento al comportamiento de las garantías, información sobre los cambios en la situación del emisor y en general las reglamentadas por las Resoluciones 400 y 1200 de 1995 de la Superintendencia de Valores (hoy Superintendencia Financiera de Colombia).
Fiducia de Administración de Preventas
Contrato de Encargo Fiduciario por medio del cual una Empresa que desea adelantar un proyecto de construcción encarga a una Fiduciaria de la recepción directa de los recursos correspondientes a la separación de las unidades, con la finalidad de que ésta los administre a nombre de cada uno de los compradores interesados, mientras se cumplen unas determinadas condiciones estipuladas en el contrato.
Si en el plazo fijado se cumplen las condiciones estipuladas en cuanto a unidades ó área vendida y presentación de documentos la Fiduciaria procede a desembolsar los recursos al Fideicomitente Constructor y en caso de no cumplirse los devuelve a cada comprador vinculado.
Fiducia de Administración de Tesorería de Proyectos Inmobiliarios
Contrato de Encargo Fiduciario ó Fiducia Mercantil por medio del cual un constructor entrega para su administración a una Fiduciaria la totalidad de los recursos dinerarios de un proyecto inmobiliario, con la finalidad de destinarlos exclusivamente a atender los pagos relacionados con el proyecto previa verificación de los controles que se establecidos en el contrato.
Los recursos administrados provienen de ventas del proyecto, créditos bancarios ó recursos propios.
Administración de Acuerdos de Reestructuración de Pasivos: Ley 550/99
Contrato en virtud del cual una Entidad que ha firmado un acuerdo de reestructuración con sus acreedores, encarga a una Fiduciaria la administración de sus recursos, con la finalidad de servir de fuente de pago a los acreedores en el orden de prioridad establecido y cumpliendo con lo estipulado en el acuerdo.
Administración de Portafolios de Pasivos Pensionales
Contrato en virtud del cual la Fiduciaria administra en un Portafolio Especial recursos destinados a reserva y/o pago de Pensiones. Las características del portafolio son acordadas entre la Fiduciaria y el Fideicomitente y en todo caso ajustadas a la normatividad legal e interna de la Fiduciaria.
Administración de Portafolios Especiales
Contrato mediante el cual una Persona Natural ó Jurídica entrega a Fiducafé una suma de dinero para la conformación de un portafolio especial ajustado a sus necesidades en cuanto a liquidez, rentabilidad, moneda y riesgo.
Administración de Concesiones
Contrato mediante el cual la Fiduciaria administra la totalidad de los recursos de la concesión y los destina a servir de garantía y fuente de pago para las entidades financiadoras y proveedores. La Fiduciaria efectúa todos los pagos relacionados con el proyecto incluyendo los del Interventor y lleva la contabilidad en forma integral.
Fiducia Pública
Contrato con Entidades del Estado del orden Nacional y Territorial en desarrollo de los cuales la Fiduciaria realiza operaciones de recaudos, pagos, administración de convenios de concurrencia, inversión de recursos, pignoración de rentas como fuente de pago de obligaciones, administración de acuerdos de reestructuración ley 550 /99 ó 617/2000 entre otros.